Pregunta frecuente

Cambié de domicilio, pero antes un receptor judicial fue al domicilio a realizar un listado de mis bienes y no se los llevó ¿Cómo buscarán las cosas?

Cuando un receptor judicial realiza un listado de sus bienes, esto sería individualizar los bienes muebles de su domicilio, usted queda como depositario judicial de tales bienes. En este sentido usted no puede sacar los bienes del lugar donde se realizó el embargo de bienes muebles, ya que estaría cometiendo un delito. Por ello, si usted ha cambiado de domicilio es mejor que se contacte con su abogado inmediatamente para dar solución a esta situación.

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¿Cómo me declaro en quiebra como persona natural?

Cuando no cuentas con los recursos necesarios y acumulas más de dos deudas que suman desde 80UF y con morosidad mayor a 90 días. La Ley de Reorganización y Liquidación de Personas o Ley 20.720 puede ser tu mejor opción.

Ley de quiebra empresa

¿Cómo acoger mi empresa a la Ley de quiebra?

Si tu empresa ya sea pequeña, mediana o grande se encuentra en una situación financiera critica, la Ley de insolvencia y de reemprendimiento para empresas puede ayudarte.

Defensa hipotecaria

¿Puedo evitar un embrago o remate de mi propiedad?

Si llevas tiempo sin pagar las cuotas de tu deuda hipotecaria, corres el riesgo de que tu acreedor remate tu casa. Conoce cómo evitarlo.

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