Pregunta frecuente

Vinieron a mi casa a tomar nota de mis bienes, ¿Qué puedo hacer?

La diligencia de un embargo debe ser realizada únicamente por un Ministro de Fe llamado Receptor Judicial, quien por orden del Tribunal tiene la facultad de ingresar al domicilio del demandado para llevar a cabo el “Embargo”. Lo recomendable es entrar en contacto con asesores y abogados expertos en la materia para presentar una Demanda de Tercería, lo cual evitará el retiro y remate de los bienes que se encuentren en el domicilio.

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Ley de quiebra persona natural

¿Cómo me declaro en quiebra como persona natural?

Cuando no cuentas con los recursos necesarios y acumulas más de dos deudas que suman desde 80UF y con morosidad mayor a 90 días. La Ley de Reorganización y Liquidación de Personas o Ley 20.720 puede ser tu mejor opción.

Ley de quiebra empresa

¿Cómo acoger mi empresa a la Ley de quiebra?

Si tu empresa ya sea pequeña, mediana o grande se encuentra en una situación financiera critica, la Ley de insolvencia y de reemprendimiento para empresas puede ayudarte.

Defensa hipotecaria

¿Puedo evitar un embrago o remate de mi propiedad?

Si llevas tiempo sin pagar las cuotas de tu deuda hipotecaria, corres el riesgo de que tu acreedor remate tu casa. Conoce cómo evitarlo.

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